Comunicación de apertura del centro de trabajo
La comunicación de apertura del centro de trabajo es la obligación de informar a la autoridad laboral competente de que se va a iniciar (o reanudar) una actividad en un centro de trabajo determinado. En el sector de la construcción tiene una particularidad importante: el contratista que la presenta debe acompañarla del Plan de Seguridad y Salud aprobado. Es un trámite previo al inicio de la obra que no puede saltarse.
Xpedita · junio 2026 · Referencia: RD 1627/1997 · normativa laboral de apertura de centro de trabajo

Qué es y quién debe presentarla
La comunicación de apertura es un documento que la empresa dirige a la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde se ubica el centro de trabajo. Debe presentarse cuando se abre un nuevo centro, cuando se reanuda la actividad tras una paralización y, en el sector de la construcción, al iniciar cada obra.
En obras de construcción, la obligación recae sobre el contratista. Si hay varios contratistas con partes diferenciadas de la obra, cada uno tiene la obligación respecto a su parte.
Plazo de presentación
La comunicación debe presentarse dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad o de la obra. En la práctica, conviene presentarla antes del inicio o en los primeros días, ya que la autoridad laboral puede requerir acreditar el cumplimiento desde el primer día de actividad.
Vinculación con el Plan de Seguridad y Salud en construcción
En el sector de la construcción, la comunicación de apertura tiene un requisito adicional que no existe en otros sectores: debe acompañarse del Plan de Seguridad y Salud aprobado por el coordinador de seguridad y salud (o la dirección facultativa si no hay coordinador).
Esto significa que, en la práctica, el PSS debe estar listo y aprobado antes de poder presentar la comunicación de apertura. Los dos trámites están encadenados y no pueden invertirse.
La comunicación de apertura en el expediente CAE
Cuando una empresa actúa como contratista, la empresa titular o el coordinador pueden exigir acreditar que se ha presentado la comunicación de apertura. En ese caso, el justificante de presentación pasa a formar parte del expediente documental de la obra junto con el PSS y la documentación de contratistas en construcción.
Que la documentación de apertura esté ordenada y localizable evita retrasos en el inicio de la obra y facilita las inspecciones. No tenerla a mano cuando se solicita puede bloquear el acceso al centro.
Cómo ayuda Xpedita (y dónde no llega)
Xpedita mantiene el justificante de la comunicación de apertura y el PSS asociado dentro del expediente de la obra, detecta si falta alguno de los dos y los agrupa correctamente para la plataforma CAE o para quien los solicite.
Xpedita NO presenta la comunicación de apertura ante la autoridad laboral. Ese trámite lo realiza el contratista directamente ante la consejería de trabajo de la comunidad autónoma. Xpedita ordena la documentación asociada; la presentación y la gestión administrativa las haces tú.