Documentación CAE para trabajadores autónomos
El artículo 24 de la Ley 31/1995 (coordinación de actividades empresariales) también obliga a los trabajadores autónomos cuando concurren con otras empresas en el mismo centro. Un autónomo sin trabajadores asume su propia prevención y suele aportar alta en el RETA, último recibo, seguro de responsabilidad civil, formación PRL propia, evaluación de riesgos de su actividad y certificado de estar al corriente. Al no tener trabajadores a cargo, no tiene ni RNT ni RLC que aportar.
Xpedita · junio 2026 · documentos del autónomo concurrente en expedientes CAE

Qué documentos suelen pedir a un autónomo sin trabajadores
- Alta en el RETA y último recibo: acredita que el autónomo está dado de alta en la Seguridad Social y al corriente en el pago de cuotas. Es el equivalente al RNT/RLC de las empresas con trabajadores.
- Seguro de responsabilidad civil: póliza y recibo vigente que acredita cobertura por daños a terceros durante la actividad. Consulta más detalles en el seguro de RC en CAE.
- Formación en PRL propia: el autónomo debe acreditar que conoce los riesgos de su actividad y las medidas preventivas. No existe un certificado único obligatorio, pero la empresa titular puede exigir formación específica. Ver formación PRL en CAE.
- Evaluación de riesgos de su actividad: el autónomo que no puede acogerse al sistema de prevención de una empresa debe disponer de una evaluación de riesgos específica de la actividad que realiza.
- Certificado de estar al corriente: tanto con la Seguridad Social (RETA) como, en algunos casos, con la Agencia Tributaria. Los plazos de renovación de estos certificados son periódicos.
Puedes ver el conjunto completo de documentos exigidos en el checklist de documentación CAE. Para el contexto general sobre qué es CAE y por qué obliga a los autónomos, consulta qué es la CAE.
El reconocimiento médico: voluntario salvo obligación específica
A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, el reconocimiento médico es voluntario para el autónomo salvo que exista una obligación normativa específica derivada de la actividad o del sector. Algunas empresas titulares lo exigen igualmente; en ese caso el autónomo debe gestionarlo por su cuenta con un servicio de prevención ajeno u otra entidad habilitada.
Sin trabajadores: sin RNT ni RLC
Un autónomo sin trabajadores no tiene personal contratado, por lo que no genera ni RNT ni RLC. Las plataformas CAE que piden estos documentos de forma automática a todos los expedientes pueden provocar confusión: en el caso del autónomo, no existe ese documento y debe comunicarse así a la empresa titular. La documentación sustitutiva es el alta en el RETA y el último recibo de cuota.
Cómo gestionar los autónomos en tu cartera de contratas
Si gestionas contratas que incluyen autónomos junto a empresas con trabajadores, el reto es mantener un expediente diferenciado para cada tipo. Los documentos de empresa (RNT/RLC) no aplican al autónomo, pero sí la formación, el seguro y la evaluación de riesgos. Mantener esta distinción clara evita rechazos por documentación incorrecta. Consulta cómo se organiza el expediente completo en gestión documental de contratas.
Cómo ayuda Xpedita
Xpedita ordena la documentación de cada autónomo concurrente, detecta lo que falta antes del acceso y prepara el paquete con el nombre correcto para la plataforma. La alta en el RETA, el asesoramiento fiscal o laboral y la subida las haces tú: Xpedita no da de alta en el RETA, no asesora en materia fiscal ni laboral y no sube nada a las plataformas. Prepara y ordena; la persona gestiona y sube.